¿Qué es el Congreso?
El Congreso es el órgano en el que se deposita el Poder Legislativo. (CPEUM, Art. 50;
LOCGEUM, Art.1)
¿Cómo está integrado el Congreso?
Está dividido en dos Cámaras: una de Diputados y otra de Senadores. (LOCGEUM, Art.1)
¿Qué es una Legislatura?
Es el periodo de ejercicio de las funciones de Diputados y Senadores durante tres años.
El año legislativo se computa del 1º de septiembre al 31 de agosto del año siguiente.
(LOCGEUM, Art. 2)
¿Cómo está compuesta la Cámara de Diputados?
La Cámara de Diputados está compuesta por 300 Diputados electos según el principio de
votación de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales,
y 200 Diputados electos según el principio de representación proporcional, mediante el
sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales. (CPEUM, Art.
52; LOCGEUM, Art. 2)
¿Qué requisitos se necesitan para ser Diputado?
Para ser Diputado se requiere:
- Ser mexicano por nacimiento.
- Tener 21 años cumplidos el día de la elección.
- Ser originario del Estado en que se realice la elección o vecino de él con
residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ésta.
- No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía
o gendarmería rural en el distrito donde se haga la elección, cuando menos 90 días
antes de ésta.
- No ser Secretario o Subsecretario de Estado ni ministro de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90
días antes de la elección, en el caso de los primeros y tres años en el caso de
los Ministros
- No ser ministro de algún culto religioso. (CPEUM, Art. 55)
¿Cómo está compuesta la Cámara de Senadores?
La Cámara de Senadores está conformada por 128 Senadores, de los cuales, en cada Estado
y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria
relativa y uno será asignado a la primera minoría. Los 32 Senadores restantes son electos
según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas
en una sola circunscripción plurinominal nacional. (CPEUM Art. 56; LOCGEUM, Art. 2)
¿Cómo se asigna la senaduría de Primera Minoría?
La senaduría de Primera Minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece
la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número
de votos en la entidad de que se trate. (CPEUM, Art. 56)
¿Qué se requiere para ser Senador?
Para ser Senador, se necesita cumplir con los mismos requisitos para ser Diputado, excepto
el de la edad, ya que en este caso se requiere tener 25 años cumplidos el día de la
elección. (CPEUM, Art. 58)
¿Los Senadores y Diputados podrán reelegirse?
Los Senadores y Diputados sí pueden reelegirse, pero no de manera inmediata. (CPEUM,
Art. 59).
Los Senadores y Diputados suplentes podrán ser electos para el periodo inmediato
con el carácter de propietarios, siempre que no hubieren estado en ejercicio.
¿Los legisladores pueden desempeñar otros cargos públicos?
Durante el periodo de su encargo, los legisladores no pueden desempeñar ninguna otra
comisión o empleo de la Federación o de los estados por los cuales se disfrute sueldo,
sin licencia previa de la cámara respectiva. (CPEUM, Art. 62)
¿Los Diputados y Senadores gozan de fuero, qué significa esto?
Los Diputados y Senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el
desempeño de sus cargos y jamás podrán ser reconvenidos por ellas. (CPEUM, Art. 61)
Los Diputados y Senadores son responsables por los delitos que comentan durante el
tiempo de su encargo y por los delitos, faltas u omisiones en que incurran en el
ejercicio de ese mismo encargo, pero no podrán ser detenidos ni ejercitarse en su
contra la acción penal hasta que seguido el procedimiento constitucional, se decida
la separación del cargo y la sujeción a la acción de los tribunales comunes. (LOCGEUM,
Art. 11)
¿Qué significa la inviolabilidad de los recintos de los legisladores?
Los recintos del Congreso y de sus Cámaras son inviolables, por lo que toda fuerza
pública está impedida de tener acceso a los mismos, salvo con permiso del Presidente
del Congreso, de la Cámara respectiva o de la Comisión Permanente. (CPEUM, Art. 61;
LOCGEUM, Art. 13)
¿Cuándo se reúne el Congreso y cuánto dura el periodo de sesiones ordinarias?
El Congreso se reúne a partir del 1° de septiembre de cada año para celebrar un primer
periodo de sesiones ordinarias y a partir del 1º de febrero de cada año para celebrar
un segundo periodo de sesiones ordinarias. El primer periodo termina el 15 de diciembre
y el segundo el 30 de abril. (CPEUM, Arts. 65 y 66; LOCGEUM, Arts. 4 y 7; RGICGEUM,
Art.1; RSR Art.50)
¿Qué es un periodo de sesiones extraordinarias?
El Congreso o una sola de las Cámaras cuando se trate de asunto exclusivo de ella,
se reunirán en sesiones extraordinarias, cada vez que convoque para ese objeto la
Comisión Permanente, pero en ambos casos sólo se ocuparán del asunto o los asuntos
que la propia Comisión sometiese a su conocimiento, los cuales se expresarán en su
convocatoria respectiva. (CPEUM Art. 67; RSR Art.51)
El Presidente de la República tiene la facultad de convocar al Congreso a sesiones
extraordinarias, cuando lo acuerde la Comisión Permanente. (CPEUM Art. 89)
¿Qué facultades tiene el Congreso?
El Congreso tiene facultades para:
• Admitir nuevos Estados a la Unión Federal.
• Formar nuevos Estados dentro de los límites de los existentes.
• Cambiar la residencia de los Supremos Poderes de la Federación.
• Imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto.
• Dar bases sobre las cuales el Ejecutivo pueda celebrar en empréstitos, sobre el
crédito de la Nación.
• Aprobar esos mismos empréstitos y reconocer y mandar pagar
la deuda nacional.
• Impedir que en el comercio de Estado a Estado se establezcan restricciones.
• Legislar en toda la República sobre:
- Hidrocarburos
- Minería
- Sustancias químicas
- Explosivos
- Pirotecnia
- Industria cinematográfica
- Comercio
- Juegos con apuestas y sorteos
- Intermediación y servicios financieros
- Energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias
del artículo 123.
• Crear y suprimir empleos públicos de la Federación y señalar, aumentar o disminuir
sus dotaciones.
• Declarar la guerra, en vista de los datos que presenta el Ejecutivo.
• Dictar leyes
según las cuales deban declararse buenas o malas, las presas de mar y tierra y expedir
leyes relativas al derecho marítimo de paz y guerra.
• Levantar y sostener a las instituciones armadas de la Unión.
• Dar reglamentos con objeto de organizar, armar y disciplinar la Guardia Nacional.
• Dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía,
naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la
República.
• Dictar leyes sobre vías generales de comunicación, tecnologías de la información y la
comunicación, radiodifusión, telecomunicaciones, incluida la banda ancha e Internet y
sobre postas y correos.
• Expedir leyes sobre el uso y aprovechamiento de las aguas de jurisdicción federal.
• Establecer casas de moneda.
• Fijar reglas a que deba sujetarse la ocupación y enajenación de terrenos baldíos
y el precio de éstos.
• Expedir las leyes de organización del cuerpo diplomático y del cuerpo consular mexicanos.
• Establecer los delitos y faltas contra la Federación y fijar los castigos que por
ellos deban imponerse.
• Conceder amnistía por delitos cuyo conocimiento pertenezca a los tribunales de la
Federación.
• Expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el
Distrito Federal, los estados y municipios, así como para establecer y organizar
a las instituciones de seguridad pública en materia federal.
• Expedir la Ley que regule la organización de la entidad de fiscalización superior
de la Federación.
• Expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito
Federal, los estados y municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones
de seguridad pública en materia federal.
• Expedir la Ley que regule la organización de la entidad de fiscalización superior de la
Federación.
• Expedir leyes para establecer el Servicio Profesional docente.
• Establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales,
superiores, secundarias y profesionales.
• Conceder licencia la Presidente de la República y para constituirse en colegio electoral
y designar al ciudadano que deba sustituir al Presidente de la República, ya sea
con el carácter de sustituto interino o provisional.
• Aceptar la renuncia al cargo de Presidente de la República.
• Expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirán la contabilidad
pública y la prestación homogénea de información financiera, de ingresos y egresos,
así como patrimonial, para la Federación, los estados, los municipios, el Distrito
Federal y los órganos político- administrativos de sus demarcaciones territoriales,
a fin de garantizar su armonización a nivel nacional.
• Establecer contribuciones sobre:
- El comercio exterior
- El aprovechamiento y la explotación
de los recursos naturales comprendidos en los párrafos cuarto y quinto del artículo
27.
- Instituciones de crédito y sociedades de seguros.
- Servicios públicos concesionados
o explotados directamente por la Federación.
- Especiales sobre:
- Energía eléctrica.
- Producción y consumo de tabacos labrados.
- Gasolina y otros productos derivados del petróleo.
- Cerillos y fósforos.
- Aguamiel y productos de fermentación.
- Explotación forestal.
- Producción y consumo de cerveza.
- Legislar sobre las características
y usos de la Bandera, Escudo e Himno nacionales.
- Expedir leyes que establezcan la
concurrencia del Gobierno Federal, los estados y municipios en materia de asentamientos
humanos.
- Expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social.
- Expedir leyes para la programación, promoción, concertación y ejecución de acciones
de orden económico, especialmente las referentes al abasto.
- Expedir leyes tendientes
a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera,
la transferencia de tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos
científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional.
- Expedir leyes que
establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los estados
y de los municipios, en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración
del equilibrio ecológico.
- Expedir leyes que instituyan tribunales de lo contencioso-administrativo.
- Expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la Federación, los estados
y el Distrito Federal y los municipios, coordinarán sus acciones en materia de protección
civil.
- Legislar en materia de deporte.
- Expedir leyes en materia de turismo.
- Expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos
de las entidades federativas y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas
competencias, en materia de pesca y acuacultura, así como la participación de los
sectores social y privado.
- Expedir leyes en materia de seguridad nacional, estableciendo los requisitos y límites
a las investigaciones correspondientes.
Expedir todas las leyes que sean necesarias,
a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas
por la Constitución a los Poderes de la Unión.
- Expedir leyes en materia de constitución, organización, funcionamiento y extinción
de las sociedades cooperativas.
- Expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la Federación, los estados,
los municipios y el Distrito Federal coordinarán sus acciones en materia de cultura, salvo
lo dispuesto en la fracción XXV del artículo 73 de la Constitución. Asimismo, establecerán los
mecanismos de participación de los sectores social y privado, con objeto de cumplir los
fines previstos en el párrafo noveno del artículo 4o. de la Constitución.
- Legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
- Expedir leyes en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
- Expedir leyes para legislar sobre iniciativa ciudadana y consultas populares. (CPEUM,
Art. 73)
¿Cuáles son las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados?
Cámara de Diputados tiene las siguientes facultades exclusivas:
- Expedir el Bando Solemne para dar a conocer en toda la República la declaración de
Presidente electo que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación.
- Coordinar y evaluar el exacto desempeño de las funciones de la entidad de fiscalización
superior de la Federación.
- Examinar, en su caso modificar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de
Egresos de la Federación, discutiendo primero las contribuciones que, a su juicio,
deben decretarse para cubrirlo, así como revisar la Cuenta Pública del año anterior.
- Declarar si hay o no lugar a proceder penalmente contra los servidores públicos
que hubieren incurrido en delito. (CPEUM, Art. 74)
¿Cuáles son las facultades exclusivas del Senado?
El Senado tiene las siguientes facultades exclusivas:
- Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en
los informes anuales que el Presidente de la República y el Secretario del despacho
correspondiente rindan al Congreso.
- Ratificar los nombramientos que el Presidente de la República haga del Procurador
General de la República, ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales,
empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército,
Armada y Fuerza Aérea Nacionales.
- Autorizarlo también para que pueda permitir la salida de tropas nacionales
fuera de los límites del país, el paso de tropas extranjeras por el territorio
nacional y la estación de escuadras de otras potencias, por más de un mes, en
aguas mexicanas.
- Dar su consentimiento para que el Presidente de la República pueda disponer
de la Guardia Nacional fuera de sus respectivos Estados, fijando la fuerza
necesaria.
- Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de un
Estado, que es llegado el caso de nombrarle un gobernador provisional, quien convocará
a elecciones conforme a las leyes constitucionales del mismo Estado.
- Resolver las cuestiones políticas que surjan entre los poderes de un Estado
cuando alguno de ellos ocurra con ese fin al Senado o cuando por motivo de dichas
cuestiones, se haya interrumpido el orden constitucional mediante un conflicto de
armas.
- Erigirse en jurado de sentencia para conocer en juicio político de las faltas
y omisiones que cometan los servidores públicos y que redunden en perjuicio de los
intereses públicos.
- Designar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Nombrar y remover al jefe del Distrito Federal en los supuestos previstos por
la Constitución.
- Autorizar los convenios amistosos que sobre sus respectivos limites celebren
las entidades federativas.
- Resolver de manera definitiva los conflictos sobre límites territoriales de
las entidades federativas que así lo soliciten. (CPEUM, Art. 76)
¿Dónde sesiona la Cámara de Diputados?
Cámara de Diputados sesiona en su recinto ubicado en Avenida Congreso de la Unión
No. 66, Col. El Parque, México Distrito Federal. Cp. 15960.
¿Dónde sesiona la Cámara de Senadores?
Paseo de la Reforma 135, esq. Insurgentes Centro, Colonia Tabacalera, Delegación
Cuauhtémoc, Ciudad de México. (RSR, Art.46)
¿Dónde sesiona el Congreso?
Cuando el Congreso sesiona conjuntamente, lo hace en el recinto de la Cámara de
Diputados. (LOCGEUM, Art. 6)
¿Qué son los Grupos Parlamentarios de la Cámara de Diputados y cómo se integran?
Un Grupo Parlamentario es el conjunto de Diputados, según su afiliación política, a
efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas en la Cámara.
El Grupo Parlamentario se integra por lo menos con cinco legisladores y sólo podrá
haber uno por cada partido político nacional que cuente con Diputados en la Cámara.
(LOCGEUM, Art. 26)
¿Qué son las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados?
Las comisiones son los órganos constituidos por el pleno, que a través de la elaboración
de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla
sus atribuciones constitucionales.
Las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados son:
- Agricultura y Sistemas de Riego
- Agua Potable y Saneamiento
- Asuntos Frontera Norte
- Asuntos Frontera Sur-Sureste
- Asuntos Indígenas
- Asuntos Migratorios
- Atención a Grupos Vulnerables
- Cambio Climático
- Ciencia y Tecnología
- Competitividad
- Comunicaciones
- Cultura y Cinematografía
- Defensa Nacional
- Deporte
- Derechos Humanos
- Derechos de la Niñez
- Desarrollo Metropolitano
- Desarrollo Municipal
- Desarrollo Rural
- Desarrollo Social
- Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
- Distrito Federal
- Economía
- Educación Pública y Servicios Educativos
- Energía
- Fomento Cooperativo y Economía Social
- Fortalecimiento al Federalismo
- Ganadería
- Gobernación
- Hacienda y Crédito Público
- Igualdad de Género
- Infraestructura
- Jurisdiccional
- Justicia
- Juventud
- Marina
- Medio Ambiente y Recursos Naturales
- Pesca
- Población
- Presupuesto y Cuenta Pública
- Protección Civil
- Puntos Constitucionales
- Radio y Televisión
- Recursos Hidráulicos
- Reforma Agraria
- Relaciones Exteriores
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
- Salud
- Seguridad Pública
- Seguridad Social
- Trabajo y Previsión Social
- Transparencia y Anticorrupción
- Transportes
- Turismo
- Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación
- Vivienda
Las comisiones podrán establecer subcomisiones o grupos de trabajo para el cumplimiento
de sus tareas. En la constitución de las subcomisiones se buscará reflejar la pluralidad
de los Grupos Parlamentarios representados en la Comisión. (LOCGEUM, Arts. 39 y 44)
¿Cómo se integran las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados?
Las comisiones ordinarias se integran durante el primer mes de ejercicio de la legislatura,
tendrán hasta 30 miembros. Los diputados podrán pertenecer hasta a tres de ellas, para esos
efectos no se toma en cuenta la pertenencia a las comisiones jurisdiccional y a las de
investigación. (LOCGEUM, Art.43)
¿Qué son las comisiones especiales de la Cámara de Diputados?
Las comisiones especiales son aquellas acordadas por el pleno para hacerse cargo de un
asunto específico. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de integrantes
que la conformarán y el plazo para efectuar las tareas que les hayan sido encomendadas.
(LOCGEUM, Art. 42)
¿Qué son los Grupos Parlamentarios del Senado y cómo se integran?
Los Grupos Parlamentarios son las formas de organización que pueden adoptar los Senadores
con igual afiliación de partido, están integrados por cuando menos cinco Senadores y deben
coadyuvar al mejor desarrollo del proceso legislativo. Sólo puede haber un Grupo Parlamentario
por cada partido político representado en la Cámara. (LOCGEUM, Arts. 71 y 72; RSR, Art. 25)
¿Qué son las comisiones ordinarias de la Cámara de Senadores?
La Cámara de Senadores cuenta con las comisiones ordinarias y especiales para el
desarrollo de sus funciones. (LOCGEUM, Art. 85; SRS, Art. 114)
Cuando lo determine la Cámara, se nombrarán comisiones con carácter transitorio
para conocer exclusivamente de la materia para cuyo objeto hayan sido designadas,
o desempeñar un encargo específico. (LOCGEUM, Art. 87)
Las comisiones ordinarias analizan y dictaminan las iniciativas de ley o decreto
que les son turnadas, así como los asuntos del área de su competencia. Las comisiones
ordinarias de la Cámara de Senadores son:
- Administración
- Agricultura y Ganadería
- Anticorrupción y Participación Ciudadana
- Asuntos Fronterizos Norte
- Asuntos Fronterizos Sur
- Asuntos Indígenas
- Asuntos Migratorios
- Atención a Grupos Vulnerables
- Autosuficiencia Alimentaria
- Biblioteca y Asuntos Editoriales
- Ciencia y Tecnología
- Comercio y Fomento Industrial
- Comunicaciones y Transportes
- Contra la Trata de Personas
- Cultura
- Defensa Nacional
- Derechos Humanos
- Desarrollo Municipal
- Desarrollo Regional
- Desarrollo Rural
- Desarrollo Social
- Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial
- Distrito Federal
- Educación
- Energía
- Estudios Legislativos
- Estudios Legislativos, Primera
- Estudios Legislativos, Segunda
- Federalismo
- Fomento Económico
- Gobernación
- Hacienda y Crédito Público
- Jurisdiccional
- Justicia
- Juventud y Deporte
- Marina
- Medalla Belisario Domínguez
- Medio Ambiente y Recursos Naturales
- Para la Igualdad de Géneros
- Pesca
- Población y Desarrollo
- Protección Civil
- Puntos Constitucionales
- Radio, Televisión y Cinematografía
- Recursos Hidráulicos
- Reforma Agraria
- Reforma del Estado
- Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
- Relaciones Exteriores
- Relaciones Exteriores, África
- Relaciones Exteriores, América del Norte
- Relaciones Exteriores, América Latina y Caribe
- Relaciones Exteriores, Asia-Pacífico
- Relaciones Exteriores, Europa
- Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales
- Relaciones Exteriores, Organización No Gubernamentales
- Salud y Seguridad Social
- Seguridad Pública
- Seguridad Social
- Trabajo y Previsión Social
- Turismo
- Vivienda
La Cámara podrá aumentar o disminuir el número de las comisiones o subdividirlas en
secciones según lo crea conveniente o lo exija el despacho de los negocios. (LOCGEUM,
Arts. 90 y 95)
¿Cómo se integran las comisiones ordinarias de la Cámara de Senadores?
Las comisiones ordinarias se constituyen con 15 Senadores. Ningún Senador pertenecerá
a más de cuatro de ellas. (LOCGEUM, Art. 104, SRS, Art. 114)
¿Qué son las comisiones bicamerales?
Las comisiones bicamerales son comisiones conjuntas con participación de las dos
Cámaras del Congreso para atender asuntos de interés común. (LOCGEUM, Art. 88)
¿Qué son las comisiones de investigación del Congreso?
Las comisiones de investigación se constituyen con carácter transitorio para el
ejercicio de la facultad a que se refiere el párrafo tercero del artículo 93 constitucional
sobre la facultad de las Cámaras para investigar el funcionamiento de los organismos
descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. (LOCGEUM, Art. 41)
¿Cuándo funciona la Comisión Permanente?
La Comisión Permanente sesiona durante los recesos del Congreso de la Unión y está
integrada por 37 miembros, de los cuales 19 son Diputados y 18 Senadores, nombrados
por sus respectivas Cámaras. (CPEUM, Art. 78; LOCGEUM, Arts. 116 y 117)
¿Qué funciones tiene la Comisión Permanente?
La Comisión Permanente debe:
- Prestar su consentimiento para el uso de la Guardia Nacional, en los casos del
artículo 76.
- Recibir, en su caso, la protesta del Presidente de la República.
- Resolver los asuntos de su competencia; recibir durante el receso del Congreso de
la Unión las iniciativas de ley y proposiciones dirigidas a las Cámaras y turnarlas para
su dictamen a las comisiones relativas de la Cámara a la que vayan dirigidas.
- Acordar por sí o a propuesta del Ejecutivo, la convocatoria del Congreso o de una sola
Cámara, a sesiones extraordinarias.
- Otorgar o negar su ratificación a la designación del Procurador General de la República,
que le someta el Titular del Ejecutivo Federal.
- Conceder licencia hasta por son sesenta días al Presidente de la República y nombrar
el interino que supla esa falta.
- Ratificar los nombramientos que el Presidente haga de ministros, agentes diplomáticos,
cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores
del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales.
- Conocer y resolver sobre las solicitudes de licencia que le sean presentadas por los
legisladores. (CPEUM, Art. 78; LOCGEUM, Arts. 122, 125 y 126)
¿Qué es una iniciativa de ley?
Una iniciativa de ley es un proyecto para formar, reformar, derogar o abrogar una ley
que llega a cualquiera de las Cámaras. .
¿Quiénes tienen derecho a iniciar leyes o decretos?
El derecho de iniciar leyes o decretos compete al Presidente de la República, a los
Diputados y Senadores, al Congreso de la Unión, a las legislaturas de los estados y a
los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al 0.13% de la lista nominal de
electores. (CPEUM, Art. 71)
¿En qué Cámara se presentan las leyes?
La formación de leyes puede comenzarse indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras,
con excepción de los proyectos sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre
reclutamiento de tropas, todos deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados.
(CPEUM, Art. 72)
Todos los proyectos de ley cuya resolución no sea exclusiva de una de las dos Cámaras, se
discutirá sucesivamente en ambas. (CPEUM, Art. 72)
¿Cómo se reforman o derogan las leyes?
En la interpretación, reforma o derogación de las leyes se observarán los mismos trámites
establecidos para su formación. (CPEUM, Art. 72)
¿Qué es una Proposición con Punto de Acuerdo?
Son propuestas que los legisladores ponen a consideración del Pleno que no constituyen
iniciativas de ley, sino pronunciamientos sobre asuntos políticos, culturales, económicos
o sociales que afectan a una comunidad o grupo particular, para formular algún pronunciamiento,
exhorto o recomendación.
Las proposiciones pueden ser consideradas de urgente u obvia resolución. En estos casos no
se turnan a Comisiones, sino que se discuten y votan inmediatamente después de presentadas.
De aprobarse, se comunican a la institución o dependencia que corresponda.
¿Qué es una Minuta?
Es el documento que contiene el texto exacto del proyecto de ley o decreto que fue desechado
en parte, o modificado o adicionado por la Cámara Revisora. (CPEUM, Art. 72)
¿Quién promulga y ejecuta las leyes?
El Presidente de la República es quien promulga y ejecuta las leyes que expida el Congreso
de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia. (CPEUM, Art.
89)
¿El Presidente de la República puede vetar alguna ley?
Sí, el Presidente de la República tiene la facultad que tiene para vetar una ley en su
totalidad o en parte. (CPEUM Art. 72)